El cierre fiscal requiere orden en facturación, comprobantes, deducciones y declaraciones anticipadas. Esta es una guía práctica para iniciar el nuevo año sin pendientes, de acuerdo con el SAT
POR Laura Islas
Uno de los retos de los médicos independientes al final del año no se encuentra en el consultorio ni en la atención de pacientes, sino en el ámbito fiscal. El cierre del ejercicio, que concluye cada 31 de diciembre, exige revisar con detalle comprobantes, facturación, deducciones y declaraciones anticipadas.
Para quienes ejercen de manera particular, mantener la documentación en regla no solo garantiza un inicio de año sin contratiempos, sino que también permite aprovechar beneficios fiscales, prevenir sanciones y asegurar la estabilidad económica del consultorio.
Régimen fiscal aplicable
La elección del régimen fiscal determina las obligaciones y beneficios para cada profesionista de la salud.
Actividades Profesionales (honorarios):
permite deducir gastos vinculados al ejercicio médico, como renta del consultorio, insumos y servicios
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO):
es una opción para quienes tienen pocos gastos deducibles y prefieren un esquema de tributación con menos trámites
En caso de venta de prótesis, materiales o aparatos, puede generarse la obligación de pago de IVA, aunque los servicios médicos estén exentos
Al cierre del ejercicio, conviene revisar si el régimen elegido sigue siendo el más conveniente, especialmente si hubo compras de equipo o remodelaciones que aumentaron los gastos deducibles.
Comprobantes y facturación
El orden documental es la base del cumplimiento fiscal. Antes de que termine el año, se recomienda verificar lo siguiente:
Que cada ingreso tenga un CFDI válido, con datos correctos y uso apropiado del comprobante
Que todos los gastos cuenten con facturas emitidas por proveedores registrados y con pago realizado mediante transferencia, tarjeta o cheque nominativo. El efectivo no es aceptado para deducciones
Que se conserven los respaldos necesarios para comprobar la materialidad de cada gasto, como contratos, notas médicas, recetas o cédulas profesionales
Que los comprobantes estén clasificados de forma cronológica y por tipo de gasto, para facilitar la conciliación contable
Deducciones autorizadas
Los médicos pueden aprovechar diversas deducciones, siempre que cuenten con la documentación adecuada.
Gastos relacionados con el consultorio
Renta, servicios básicos, mantenimiento y seguros
Compra de equipo médico, mobiliario o material de exploración
Servicios de limpieza, recepción o vigilancia
Honorarios de colaboradores y cuotas patronales correspondientes
Intereses de créditos relacionados con el consultorio
Deducciones personales permitidas por ley
Honorarios médicos, psicológicos, nutricionales y de enfermería para el contribuyente y sus dependientes económicos
Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales
Análisis clínicos, estudios de laboratorio y prótesis
Seguros de gastos médicos mayores
Intereses reales de créditos hipotecarios
Lentes ópticos graduados, hasta el límite establecido
Aportaciones voluntarias para el retiro y colegiaturas, dentro de los topes permitidos
Las deducciones personales tienen un límite anual: no deben superar el 15 por ciento de los ingresos totales del contribuyente o cinco veces el valor de la UMA anual, lo que resulte menor
Honorarios y pagos a terceros
En caso de contratar servicios de otros médicos, especialistas o personal administrativo, se deben solicitar los CFDI correspondientes. Cuando se cubran servicios como publicidad, asesoría contable o sistemas, los comprobantes también son indispensables para poder deducirlos.
Declaraciones anticipadas
Los pagos provisionales de ISR son la clave para evitar sorpresas en la declaración anual. Estos pagos, ya sean mensuales o bimestrales según el régimen, deben estar al corriente antes del cierre. En algunos casos, resulta recomendable presentar declaraciones complementarias si se detecta variación en los ingresos o deducciones.
El cumplimiento oportuno de estas obligaciones reduce el riesgo de recargos o multas y ayuda a mantener un flujo de efectivo equilibrado.
Recomendaciones finales
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha reforzado la revisión de comprobantes médicos, solicitando evidencia adicional para confirmar la materialidad de deducciones. Por ello, conviene emitir facturas con conceptos específicos, evitar pagos en efectivo y conservar documentación de soporte por al menos cinco años.
Un cierre fiscal bien planificado no solo evita sanciones, sino que también permite aprovechar deducciones y mantener la estabilidad financiera del consultorio. El acompañamiento de un contador con experiencia en el sector salud resulta de gran utilidad para detectar oportunidades y dar certeza a cada movimiento.
Referencias: 1. SAT. Conoce las deducciones personales. Fecha de consulta: octubre 2025. Recuperado de: https://wwwmat.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales 2. SAT. Conoce el Régimen de Servicios Profesionales. Fecha de consulta: octubre 2025. Recuperado de: https:// wwwmat.sat.gob.mx/consulta/36192/conoce-el-regimen-de-servicios-profesionales-%28honorarios 3. Gobierno de México. SAT informa los gastos médicos que son deducibles. Fecha de consulta: octubre 2025. Recuperado de: https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-informa-los-gastos-medicos-que-sondeducibles- 023-2024 4. Gobierno de México. Estas son las deducciones personales que se pueden hacer en la Declaración Anual. Fecha de consulta: octubre 2025. Recuperado de: https://www.gob.mx/sat/ prensa/estas-son-las-deducciones-personales-que-se-pueden-hacer-en-la-declaracion-anual-024-2024